La UCM como Administración Pública está sometida a las obligaciones legales que marca la ley en materia de Prevención de Riesgos Laborales -PRL- (Ley 31/1995 de 8-Noviembre y Real Decreto 67/2010, de 29-Enero) y por tanto debe hacer frente a sus responsabilidades para preservar la salud y la seguridad de sus trabajadores. Pero nuestro objetivo no debe quedar anclado al cumplimiento de la legislación sino que debe avanzar en la creación de una cultura preventiva.
Fomentar la cultura de prevención de riesgos laborales no pasa por adecuarnos a las obligaciones legales, que también, sino por cambiar actitudes, valores, creencias, intenciones, etc. tanto de los equipos directivos como de los todos los trabajadores de la institución que estimule comportamientos proactivos hacia la salud laboral. En la medida en que todos los trabajadores de la UCM asuman la importancia de la prevención de riesgos laborales, asuman las responsabilidades que le sean propias, promocionen los comportamientos seguros y saludables entre sus compañeros y en el alumnado, integren la prevención de riesgos laborales en sus actividades diarias, se podrá avanzar en la promoción y mejora de la salud laboral de todos los integrantes de la UCM.
Fomentar una cultura de prevención de riesgos laborales exige de la institución la gestión integral de la prevención de riesgos laborales de forma y manera que sea indisociable del sistema general de gestión de dicha institución. Una gestión integral de la PRL requiere establecer una estrategia institucional que garantice la seguridad y salud laboral de sus trabajadores y una planificación coherente, coordinada y eficaz.
Fomentar una cultura de prevención de riesgos laborales implica desarrollar e impulsar los pilares básicos que generen en el personal de la UCM una conciencia favorable a la prevención de riesgos laborales y a la mejora de la salud laboral. Para ello, en +COMPLUTENSE nos planteamos los siguientes objetivos:
- El establecimiento de canales eficaces de comunicación vertical y horizontal que permitan un flujo de información adecuado sobre las decisiones que se adopten en materia de PRL.
- El fomento de mecanismos ágiles de participación de los trabajadores de la UCM en materia de PRL.
- El incremento de la información sobre los riesgos labores asociados a los distintos puestos y otras cuestiones relacionadas con la PRL en relación a los puestos de trabajo del personal de la UCM.
- La colaboración de las distintas unidades organizativas con el Servicio de Prevención de la UCM.
- El desarrollo y mejora de las condiciones de trabajo del personal de la UCM.
- La implantación de un mecanismo de seguimiento y control que permita el mantenimiento en el tiempo de unas condiciones sanas y saludables.
Estimado Prof. Andradas,
Gracias por sus comentarios en el blog que los leo atentamente. Me podría decir si ……¿No sería necesario que la UCM contara con un protocolo de prevención del acoso laboral?. Muchas gracias
Hola JJLopez, En relación a tu pregunta estoy absolutamente de acuerdo contigo. El acoso laboral es uno de los principales riesgos psicosociales existentes en las administraciones públicas y es responsabilidad de los propios órganos directivos de la UCM su prevención y su minimización en el ámbito universitario. Una de las maneras proactivas de prevención del acoso laboral es la formulación de un protocolo de actuación frente al acoso laboral que recoja medidas correctoras, mediadoras, sancionadoras; un procedimiento de actuación frente a la aparición de un caso de acoso; ante quién y cómo se ha de efectuar la denuncia; qué servicios deben estar implicados en la investigación del caso, en la recogida de la denuncia, etc…. Gracias
Quería agradecer al profesor Andradas la oportunidad de expresar opiniones y compartir puntos de vista con este blog. El del anterior rector no obtuvo ni un solo comentario durante todo el tiempo que estuvo en la página web, sin embargo éste está vivo y nos proporciona una herramienta de comunicación muy valiosa.
Con respecto a lo que dice JJLópez, indicar que desconozco el motivo por el que la universidad no tiene un protocolo de acoso laboral desde hace tiempo ya, pero la administración del Estado dispone de uno hace ya varios años que se encuentra con facilidad y a falta de uno de elaboración propia, éste nos es de aplicación directa e inmediata.
Un cordial saludo.
Hola Francisco. Gracias por tu comentario. Efectivamente, la Administración General del Estado tiene publicado desde hace cuatro años aproximadamente un protocolo de actuación frente al acoso laboral para los empleados públicos. Sin embargo, este protocolo es genérico para todos los ámbitos que cubre la Administración General del Estado y en esa misma resolución se refleja de manera explícita la necesidad de adaptar dicho protocolo a cada departamento u organismo público. La UCM tiene sus propias peculiaridades organizativas y estructurales, por lo que se hace necesario el desarrollo de un protocolo de actuación frente al acoso laboral que incluya un procedimiento de actuación específico para este ámbito universitario. Por tanto, si bien se hace necesario el desarrollo dicho protocolo, éste debe quedar al amparo del protocolo de actuación genérico existente para la Administración General del Estado. Es necesario especificar y acordar, entre otras cuestiones, quiénes formarán parte de la unidad de evaluación y control del acoso laboral, ante quién y cómo se ha de presentar la denuncia de acoso, qué unidades estarán implicadas en el proceso de actuación, etc… Muchas gracias. Carlos